La Gerencia de Ordenamiento Territorial y Cuencas Hidrográficas es la
responsable de dirigir, coordinar, dar seguimiento y monitorear los procesos de
protección y conservación del uso de cuencas hidrográficas y sistemas hídricos,
ordenamiento territorial, sistemas de información geográfica, corredores
biológicos y educación ambiental.
Cuencas
Hidrográficas y Sistemas Hídricos
Las cuencas hidrográficas y sistemas hídricos albergan una gran variedad de
plantas y animales, y brindan muchas oportunidades de esparcimiento al aire
libre. Al proteger la salud de nuestras cuencas hidrográficas y sistemas
hídricos, podemos preservar el recurso hídrico y mejorar la calidad de vida de
los residentes del área.
El
planeta tierra está compuesto en un 75% por agua, sin embargo tan solo el 2.53%
de esta agua es considerada viable para el consumo humano. En los últimos años
el abastecimiento de este preciado líquido se ha venido convirtiendo en un
problema para muchas personas alrededor del mundo y la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación (UNESCO) estima que para el 2025 alrededor de
4000 millones de personas podrían carecer de los servicios básicos para el
suministro de agua potable y sanidad.
Con el fin de corregir los errores del pasado que permitieron la pérdida y
menoscabo de una gran parte del recurso hídrico disponible, la Asociación
Mundial del Agua, durante la celebración del II Foro Mundial del Agua de la Haya
en el año 2000 realizó el lanzamiento del paradigma denominado “Gestión
Integrada de los Recursos Hídricos”, como una propuesta para mejorar el estado
actual de la gestión del recurso hídrico y anticipar la posibilidad de una
crisis mundial por escasez de agua en los próximos años.
En cumplimiento de los esquemas y principios desarrollados en la propuesta
GIRH, Costa Rica realiza una serie de cambios en su legislación ambiental e
hídrica con el fin de reconocer el valor estratégico del recurso hídrico, tanto
desde un punto de vista ambiental como económico y social. Es por ello que en
el año dos mil dos el Poder Ejecutivo promulgó el decreto ejecutivo número:
30480-MINAE denominado “Principios que regirán la política nacional en materia
de Gestión Integrada del Recurso Hídrico”, en el 2003 promulgó el decreto
ejecutivo 31176-MINAE denominado “Reglamento de creación del Canon Ambiental por
Vertidos”, y a inicios de 2006 promulgó el decreto ejecutivo número: 32868
llamado “Reglamento sobre Canon por concepto de Aprovechamiento de
Aguas".
La
propuesta GIRH se encuentra basada en los principios de la Declaración de Dublín
(Dublín 1992) difundidos por diversos eventos como la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992),
Diálogos Interamericanos del Agua (Miami, 1993, Buenos Aires, 1996, Panamá 1999
y Folz Iguazú 2001), la Conferencia sobre Evaluación y Manejo de los Recursos
Hídricos en América Latina y el Caribe (San José 1996), entre otros.
Por su
parte, los Objetivos del Milenio (ODM) también promueven la gestión integrada de
los recursos hídricos a fin de optimizar el bienestar económico y social, sin
poner en peligro la sostenibilidad a largo plazo de los sistemas ambientales.
Sus características destacadas, como se consagró en los Principios de Dublín,
son aplicables no solo al manejo del agua como un recurso, sino también a su
utilización para dichos propósitos como suministro de agua, para uso doméstico y
servicios de saneamiento, irrigación, generación de energía y sostenibilidad
ambiental.
El agua,
es considerada un servicio ecosistémico del cual se beneficia la sociedad, tanto
en la utilización productiva como en el consumo humano del recurso. Además, la
disponibilidad de agua en los ecosistemas permite el desarrollo o presencia de
otros bienes y servicios útiles para la sociedad. En el caso de disminución de
tales ecosistemas por causas naturales o provocadas, repercute directamente en
la regulación de los recursos hídricos y afecta el desarrollo de las diversas
actividades humanas que sustentan.
El
artículo 22 de la Ley de Biodiversidad Nº 7788, publicada en La Gaceta Nº 101
del 27 de mayo de 1998 le otorga al Sistema Nacional de Áreas de Conservación
(SINAC), las competencias de la protección y conservación del uso de cuencas
hidrográficas y sistemas hídricos, para las cuales deberá dictar políticas,
planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo
del recurso hídrico de Costa Rica.
Ordenamiento del territorio y responsabilidades del
SINAC
En los
últimos 35 años la planificación del territorio nacional se ha basado en un
proceso de análisis y ordenamiento del desarrollo urbano tomando en cuenta
únicamente la Ley de Planificación Urbana y su principal instrumento los Planes
Reguladores municipales. Esta visión ha sido, y es todavía, la que ha regido la
exigua planificación urbana que se ha dado, y es la responsable de varios de los
problemas ambientales que enfrentamos actualmente (IPN, 2008).
La
gestión del territorio es la herramienta fundamental para promover un desarrollo
regional y local sostenible. Siendo un proceso que debe involucrar la activa
participación de todos los actores tanto públicos como privados y sociales de un
área territorial.
La
Constitución Política de la República de Costa Rica, mediante su artículo No 50
establece el mandato de brindar a todos los costarricenses un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado así como salvaguardar las riquezas naturales para las
presentes y futuras generaciones.
Como
complemento, La Ley Orgánica del Ambiente No. 7554, en su artículo VI,
puntualiza los principios básicos para el Ordenamiento Territorial desde el
punto de vista del desarrollo sostenible:
• Ubicar de forma óptima, dentro del territorio nacional las actividades
productivas, los Asentamientos Humanos, las zonas de uso público y recreativo,
las redes de comunicación y transporte, las áreas silvestres y otras obras
vitales de infraestructura, como unidades energéticas y distritos de riego y
avenamiento.
• Servir de guía para el uso sostenible de los elementos del
ambiente.
• Equilibrar el desarrollo sostenible de las diferentes zonas del
país.
• Promover la participación activa de los habitantes y la sociedad
organizada en la elaboración y aplicación de los planes de ordenamiento
territorial y en los planes reguladores de las ciudades, para lograr el uso
sostenible de los recursos naturales.
Según la propuesta de Política Nacional de Ordenamiento Territorial
establecida por la Iniciativa Paz con la Naturaleza en el año 2008, las metas de
la Administración Chinchilla 2010-2014 y el Plan Nacional de Desarrollo
2010-2014 en elaboración; nos muestran como tendencia actual, el incluir la
variable ambiental en el ordenamiento territorial para el país, lo que permite
concluir que:
1. Toda la planificación de uso del territorio que se realice en el país,
independientemente de la escala, si desea que se convierta en un instrumento
formal y legal, debe efectuarse según lineamientos de Evaluación Ambiental
Estratégica (EAE), de conformidad con las resoluciones de la Sala Constitucional
y los procedimientos técnicos establecidos por la SETENA. Además debe promover
la implementación de los Principios del Enfoque Ecosistémico (EE), con el fin de
garantizar un uso adecuado de los recursos naturales y la consecuente
funcionalidad de los ecosistemas.
2. Debido a que los planes reguladores no suplen la totalidad del
requerimiento ambiental de la planificación de uso del suelo, se hace
indispensable que se cree una estrategia de ordenamiento territorial basada en
el marco jurídico relacionado y vigente, que establezca los lineamientos mínimos
ordenadores de una política nacional sobre el tema. A continuación una mención
básica de éstas: Ley de Planificación Urbana (No. 4240), Ley sobre la Zona
Marítimo Terrestre (6043), Ley Orgánica del Ambiente (7554), Ley Forestal
(7575), Ley de Biodiversidad (7778), Ley de Uso Manejo y Conservación de Suelo
(7779), Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo (8848).
El
bienestar humano y el avance hacia el desarrollo sostenible dependen
fundamentalmente de un mejor manejo de los ecosistemas de la Tierra para poder
asegurar la conservación y utilización sostenible de éstos. Pero, al mismo
tiempo que crecen las demandas por los servicios prestados por los ecosistemas,
como los alimentos y agua pura, las actividades humanas disminuyen la capacidad
de muchos ecosistemas para satisfacer tales demandas. Llevar a cabo
intervenciones adecuadas en materia de planificación y manejo de recursos, por
lo general, permite revertir la degradación de los ecosistemas y aumentar el
aporte que éstos hacen al bienestar humano; no obstante, para saber cuándo y
cómo intervenir se necesita un conocimiento sustancial de los sistemas
ecológicos y sociales involucrados. Contar con información de mejor calidad no
garantiza que se tomen las mejores decisiones, pero es un requisito para contar
con un proceso de toma de decisiones acertado (WRI 2003).
Con base
en la implementación del enfoque anterior, enfoque por ecosistemas y las
responsabilidades otorgadas por leyes como la de Biodiversidad y Forestal, entre
otras, es que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) apoya a nivel
nacional el proceso general de ordenamiento territorial, dentro del marco del
Sector Ordenamiento Territorial y Vivienda.
Una de
las principales propuestas en torno a la implementación de este enfoque es el
Proyecto Unidades Socioecológicas de Gestión, cuyo objetivo es impulsar un
enfoque integral de conservación para el desarrollo que permita manejar,
conservar y restaurar los procesos ecológicos que garantizan la provisión de
servicios vitales para el bienestar de la población, lo cual se logra a través
del uso sostenible del capital natural y la gestión del territorio nacional
(mayor información en
http://www.usegcr.com).
El
Sistema Nacional de Áreas de Conservación genera una gran cantidad de
información geográfica en torno a las responsabilidades que por Ley se le han
otorgado; actualmente, se desarrollan la mayoría de los mapas oficiales que el
SINAC utiliza para su gestión, tales como el de Áreas Silvestres Protegidas, el
de Corredores Biológicos, los de Certificaciones del Patrimonio Natural del
Estado en la Zona Marítima Terrestre y de las instituciones que deben traspasar
terrenos clasificados como Patrimonio Natural del Estado al SINAC, entre
otros.
Partiendo de que un Sistema de
Información Geográfica (SIG o GIS, en su acrónimo inglés Geographic Information
System) es una integración organizada de hardware, software y datos geográficos
diseñada para capturar, almacenar, manipular, analizar y desplegar en todas sus
formas la información geográficamente referenciada con el fin de resolver
problemas complejos de planificación y gestión geográfica, la principal tarea de
este Componente será la de emitir las propuestas de directrices y procedimientos
para homologar la generación, manejo, divulgación y publicitación de la
información geográfica digital que se genera a nivel institucional; así como,
homogeneizar la información que ya ha sido generada, tanto en la Secretaría
Ejecutiva como en las Áreas de Conservación del SINAC.